Rana

Certificado de Asistencia

Los alumnos que cumplan la asistencia mínima obligatoria (85 por 100 de las sesiones académicas ordinarias y, al menos, tres conferencias) recibirán al término de los Cursos un Certificado de Asistencia en el que constará el programa cursado y el número de horas impartidas (60 horas). A tal efecto, habrá permanentemente un control electrónico de asistencia que opera mediante un sistema de lectura de código de barras personalizado.

El Certificado de Asistencia se imprime en un formato de 297x210 mm, según el modelo anexo. Lleva los signos distintivos de la Universidad de Salamanca y de su Fundación General, y en él constan las firmas del Rector Magnífico de la Universidad de Salamanca, del Director Gerente de su Fundación y del Director del Curso de Especialización de que se trate. Al dorso se hace constar el programa académico impartido, de modo que el titular del Certificado siempre podrá invocar frente a terceros los contenidos recibidos.

Quedando acreditado el cumplimiento de los requisitos de presencia indicados, el Certificado de Asistencia se entrega a su titular al término de la Ceremonia de Clausura de los Cursos.

 

Diploma de Especialización

Con independencia de la convocatoria en que lo superen, los alumnos cuyos trabajos merezcan la calificación de “apto” recibirán en su domicilio, autenticado con la Apostilla de La Haya, su Diploma de Especialización en Derecho, con expresa referencia de la especialidad cursada y las horas totales realizadas (120 horas). A tal efecto, se considera que, a las 60 horas correspondientes a la fase presencial, se deben agregar otras 60 más que son las que se estima que el alumno debe invertir en la preparación de su trabajo de investigación, que debe adaptarse a las normas generales preestablecidas por la Fundación General.

El Diploma de Especialización se imprime en un formato de 420x297 mm, según el modelo anexo. Además de todos los elementos ya previstos en el Certificado de Asistencia, es legalizado por Fedatario Público mediante la incorporación de la Apostilla prevista en la Convención de La Haya de 5 de octubre de 1961.

La Apostilla de La Haya es un método simplificado de legalización de documentos a efectos de verificar su autenticidad en el ámbito de Derecho Internacional. Físicamente consiste en una hoja que se agrega, adherida al reverso, a los documentos que la autoridad competente estampa sobre una copia del documento. En el momento de redactar este texto, son parte de la Convención de 1961 los siguientes Estados de Iberoamérica: Andorra, Argentina, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, España, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, Portugal, Puerto Rico, República Dominicana, Uruguay y Venezuela.

Los Diplomas se envían gratuitamente, mediante mensajería, a la dirección que su titular nos indique.