Desde la Fundación General de la Universidad de Salamanca, en el marco del programa de Empresas Amigas de la Universidad de Salamanca con la colaboración y patrocinio de Instituto de Paz, Desarrollo personal y Liderazgo y el Centro Comercial El Tormes os invitamos, el próximo día 7 de marzo, a las 18:30h en el Centro Comercial El Tormes a la presentación del libro “EMPRENDER CON VALOR” 10 historias escritas desde el Corazón” por Daniel Meléndez, coautor y coordinador. Fundador de Alegría Coaching.
El objetivo de la jornada, organizada por la Fundación General de la Universidad de Salamanca junto con las empresas Santos Grupo y FormaInnovaBIO era informar y sensibilizar al sector de la hostelería y restauración respecto a las alergias alimentarias, debido a la entrada en vigor el pasado 13 de diciembre de 2014 del Reglamento Europeo 1169/2011 de información alimentaria al consumidor, al cual deben adaptarse obligatoriamente las empresas.
Con este fin, se programaron en la Escuela Municipal de Hostelería de Santa Marta de Tormes, una serie de interesantes ponencias que abordaron el problema de las alergias desde varios puntos de vista, más allá de los aspectos puramente técnicos, obligatorios o burocráticos. La jornada se celebró con gran éxito de asistentes.
Tras las intervenciones iniciales de las autoridades locales y regionales, así como del gerente de la Fundación General de la Fundación de la Universidad, inauguró el acto la Jefa Territorial de Sanidad y Bienestar Social de Salamanca, Dña. Manuela Plaza, quien destacó que la administración estará muy vigilante del cumplimiento del Reglamento Europeo 1169/2011 de información alimentaria al consumidor, al igual que del resto de normas relacionadas con la seguridad alimentaria. Asimismo recalcó la responsabilidad directa de las empresas en la información veraz al consumidor en materia de alérgenos alimentarios y destacó la formación como la mejor herramienta para la prevención de contaminaciones cruzadas de alérgenos dentro del trabajo de las cocinas.
A continuación intervino el doctor D. Félix Llorente, catedrático de pediatría de la Universidad de Salamanca, especialista en alergología en la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición (AECOSAN) y jefe del Servicio de Pediatría del Hospital Clínico de Salamanca. En su ponencia destacó la progresión al laza del número de alergias alimentarias, aproximadamente un 2% de la población (porcentaje que se eleva hasta un 8% en los niños) y en la posible gravedad de los síntomas derivados de las mismas, especialmente en el caso de las reacciones anafilácticas, que suelen precisar una intervención hospitalaria urgente pues se encuentra comprometida la propia vida del afectado.
Por su parte, la psicóloga Dña. Cynthia Castillo, de la asociación PYFANO, explicó las dificultades que encuentran los alérgicos alimentarios para gestionar su vida social, desde el inicial proceso de aprendizaje para aprender a vivir con la alergia, los cambios de rutinas y hábitos, los costes económicos o los problemas emocionales que en ocasiones son derivados de su problema.
D. Francisco Antonio Gutiérrez,jefe de estudios y profesor el IES de FP La Vaguada comentó la importancia para los trabajadores, no sólo de las aptitudes profesionales, sino también de adoptar una correcta actitud, aspecto éste de vital importancia para que los establecimientos puedan acoger e informar correctamente a los alérgicos a los alimentos. Ambos aspectos, aptitudes y actitudes, constituyen la base de sus programas formativas y la garantía para el sector de trabajadores correctamente preparados para emprender su vida profesional.
D. Félix Martín, veterinario especialista en seguridad alimentaria y experto en formación para el empleo, en representación de las empresas SANTOS Grupo y FormaInnovaBIO destacó la importancia de la formación permanente como instrumento clave para la adaptación de los establecimientos a la nueva norma en materia informativa. Al fin y al cabo, es muy difícil informar de lo que no se conoce bien. Pero también como medio para poder entender y atender a los clientes alérgicos a los alimentos, interactuar con ellos y poder ofrecerles soluciones o alternativas a sus problemas, como empresas de servicios que son.
Por parte de la empresa Novadelta intervino su gerente, Dña. Beatriz García y destacó los beneficios empresariales que se pueden obtener de la adaptación de los establecimientos a la norma europea, pudiendo ser un elemento de diferenciación empresarial y de captación o fidelización de clientes, especialmente en los primeros meses de adaptación al reglamento europeo.
D. Juan Luis Hernández, gerente de la empresa de restauración en máquinas SANVEN, recordó la importancia de que todas las empresas de vending cumplan con todas las normativas requeridas, cosa que a veces se da por supuesto cuando la realidad puede ser muy diferente y explicó cómo abordar la información al consumidor sobre los alérgenos alimentarios en este tipo de empresas.
A continuación, Dña. Patricia Martín, en representación de la empresa Quesería La Antigua explicó a los asistentes los procesos para la elaboración de quesos sin lactosa como ejemplo de producto orientado a los intolerantes a este azúcar y de de cómo se informa sobre algunos alérgenos como el huevo o el gluten que pueden llevar los quesos, como resultado de ciertos procesos tecnológicos.
La empresa de certificación Bureau Veritas, a través de Dña. Patricia Gálvez, centró su intervención en las garantías que ofrecen, como proveedores, aquellas empresas que cuentan con algunas certificaciones como el sello “Controlado por FACE” o la norma de seguridad alimentaria BRC, que exige que las empresas dispongan de sistemas de gestión alérgenos...
Las dificultades que a veces existen para identificar los alérgenos en ciertos productos elaborados, al encontrarse éstos “ocultos” en el etiquetado bajo denominaciones que dificultan su identificación o porque directamente no figuran en el etiquetado, fueron expuestas por Dña. María Tavera, profesora de Seguridad Alimentaria en la Escuela Municipal de Hostelería de Santa Marta de Tormes.
El punto de vista de los consumidores fue tratado por D. Roberto Bernal, de la empresa RB Solución de Conflictos, destacando la doble cualidad de los consumidores como personas (a las que hay que proteger su salud a través de la información lo más clara y exhaustiva posible) y como clientes (a los que hay que intentar orientarse y fidelizar).
Cerró el acto en nombre de la Asociación de Empresarios de Hostelería de Salamanca, Dña. Cristina Ruiz. Durante su intervención recalco la responsabilidad social corporativa del sector, sobradamente demostrada desde hace tiempo y el compromiso de la Asociación hacia la información veraz para los alérgicos alimentarios y hacia la integración social de quienes forman este colectivo. Asimismo, reclamó más coordinación con las Administraciones con el fin de que el proceso de adaptación de los establecimientos sea lo más homogéneo posible.
La Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades (BOE nu?m. 288 de 28 de noviembre), introduce modificaciones, con efectos desde el 1 de enero de 2015, en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de Re?gimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo.
El re?gimen de las entidades sin fines lucrativos a las que resulta de aplicacio?n la normativa de la Ley 49/2002 se mantiene en los mismos te?rminos y las novedades afectan al mecenazgo y, concretamente, al incremento de los tipos de deduccio?n aplicables, por los donativos realizados por las personas fi?sicas y/o juri?dicas a fundaciones acogidas al re?gimen fiscal especial.
A continuacio?n se resumen las novedades introducidas y con efectos desde el 1 de enero de 2015:
A continuacio?n se recoge el cuadro con el esquema de los incentivos al mecenazgo para las donaciones puras y simples que se realicen en favor de fundaciones acogidas al re?gimen fiscal especial de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre:
IRPF | Ejercicio 2014 | Ejercicio 2015 | Ejercicio 2016 y siguientes |
Primeros 150 € | __ | 50% | 75% |
Resto | 25% | 27,5% | 30% |
Donaciones plurianuales (a la misma entidad durante al menos 3 an?os) > 150 € |
__ | 32,5% | 35% |
Li?mite deduccio?n base liquidable | 10% | 10% | 10% |
IS | Ejercicio 2014 | Ejercicio 2015 | Ejercicio 2016 y siguientes |
Donaciones en general | 35% | 35% | 35% |
Donaciones plurianuales (a la misma entidad durante al menos 3 an?os) |
__ | 37,5% | 40% |
Li?mite deduccio?n base liquidable |
10% | 10% | 10% |
Fernando Carbajo
Profesor Titular de Derecho Mercantil, Vicedecano de docencia Facultad de Derecho e investigador del Instituto Multidisciplinar de Empresa. Universidad de Salamanca.
Julio Pindado
Catedrático de Universidad de Economía Financiera y Contabilidad, Director MBA en Dirección de Empresas Familiares, Director Cátedra Empresa Familiar y Director Instituto Multidisciplinar de Empresa. Universidad de Salamanca.
Uno de los caracteres más marcados de las empresas familiares es la acumulación de la propiedad empresarial en manos de una o varias personas integradas en el clan familiar; sea directamente, mediante la titularidad directa por un empresario individual o por varios empresarios que actúan en régimen de comunidad de bienes o copropiedad, o sea indirectamente a través de la titularidad de acciones o participaciones de sociedades anónimas o -lo que es más frecuente- de sociedades de responsabilidad limitada. Una correcta previsión del proceso de sucesión en la propiedad es fundamental para la conservación de la empresa como empresa familiar. Dicho proceso resultará más complejo cuánto más disgregada esté la propiedad, pues la sucesión puede ampliar todavía más el número de copropietarios de los medios de producción (si se trata de una empresa individual o de una comunidad de bienes) o de las acciones o participaciones de la sociedad mercantil.
El primer paso para establecer un plan de sucesión en la propiedad es analizar las influencias que puedan tener los miembros familiares en su relación con la empresa a fin de determinar las actuaciones necesarias para transmitir la propiedad aprovechando de la mejor manera posible las posibilidades que ofrece el ordenamiento jurídico. La mejor manera es organizar el proceso conjuntamente desde el protocolo familiar y los estatutos de la sociedad familiar, junto a una adecuada ordenación del régimen económico-matrimonial del empresario y de aquellos señalados para sucederle.
No obstante, los pactos sociales dentro de los estatutos de la sociedad, así como los pactos parasociales o extrasocietarios del protocolo, incluso aunque vayan acompañados de cláusulas indemnizatorias para el caso de incumplimiento, se topan con importantes problemas normativos relacionados con la transmisión “mortis causa”, además de los emocionales propios de la misma situación familiar.
Los estatutos de la sociedad limitada o de la sociedad anónima familiar pueden establecer a favor de los socios sobrevivientes un derecho de preferente adquisición de los derechos del socio fallecido, cuyo valor razonable apreciado en la fecha del fallecimiento se pagará al contado (arts. 110.2 y 124 de la Ley de Sociedades de Capital). El protocolo puede determinar el sentido de la transmisión “mortis causa”, prohibiendo la entrada de terceros extraños a la familia u obligando a transmitir en testamento las partes correspondientes a uno o varios miembros concretos de la familia, a fin de preservar la unidad patrimonial, la conservación y la gestión eficiente de la empresa. Pero el principal problema de los protocolos familiares lo constituye el debido respeto a la legítima de los herederos forzosos. Si éstos han de cobrar su legítima con los bienes de la herencia y no existen otros distintos de los que conforman la empresa familiar (incluyendo las acciones o participaciones si tiene forma societaria) para cubrir la parte que les corresponde, el causante tendrá que establecer, en principio, una copropiedad sobre su parte en la empresa familiar o en las acciones o participaciones de la sociedad (con el riesgo de que cualquier heredero ejercite la acción de división en cualquier momento y haya que proceder a su venta en pública subasta), o bien repartir la empresa o las acciones o participaciones entre los distintos herederos, con el consiguiente riesgo de desmembramiento de la empresa, de pérdida de control o de dificultades para su gestión.
Para superar estos problemas, cabe asignar los bienes de la empresa a personas concretas de la familia y establecer un plan de liquidez para los que dejan el capital de la empresa. A tales fines, el art. 1056 del Código Civil flexibiliza el pago de la legítima al disponer que el testador que en atención a la conservación de la empresa o en interés de su familia quiera preservar indivisa una explotación económica o bien mantener el control de una sociedad de capital o un grupo de sociedades, atribuyendo los bienes de la empresa familiar a una o varias personas concretas, podrá disponer que se pague en metálico su legítima al resto de interesados que no perciban los bienes de la empresa familiar; a tal efecto no será necesario que exista metálico suficiente en la herencia para el pago, siendo posible que el adjudicatario de los bienes de la empresa realice el abono con efectivo extrahereditario, e incluso establecer por el testador un aplazamiento para el pago siempre que no supere cinco años desde el fallecimiento del testador. En todo caso será necesario que haya bienes suficientes en el caudal hereditario para satisfacer la legítima al resto de herederos, o que el heredero o herederos sucesores en la empresa tengan la posibilidad de reunir el capital suficiente para abonar al resto de herederos con bienes extrahereditarios, para lo cual se da un amplio plazo que permitirá financiar el pago al resto de herederos sin comprometer el futuro de la empresa familiar.
Otra posibilidad es pactar en un protocolo familiar acuerdos de propiedad que indiquen quién puede ser dueño de la empresa y en qué condiciones; o incluso señalar de antemano quién o quiénes serán los sucesores en la propiedad de la empresa de entre los distintos herederos llamados a suceder en cada una de las estirpes familiares. Para ello cabe recurrir a la donación, si bien ésta presenta la dificultad de coordinarla con el régimen sucesorio una vez causada la herencia (respeto de las legítimas, colación, etc.). Aunque también se puede pactar anticipar la sucesión en empresas con forma societaria, sustituyendo la transmisión “mortis causa” por una transmisión “inter vivos” de acciones o participaciones sociales y empleando el precio obtenido en preservar la legítima en la herencia. Para ello habría que combinar cláusulas en los estatutos sociales con el protocolo familiar y cláusulas indemnizatorias elevadas para el caso de incumplimiento que afecten también, en su caso, a los sucesores del infractor.
En cualquier caso, sería conveniente establecer mecanismos para resolver conflictos, pues siempre será mejor una mediación o un arbitraje que recurrir a los tribunales.
Asegurar la empresa, más allá de la cobertura del patrimonio y la responsabilidad civil: la Gerencia de Riesgos.
Cualquier empresa hoy en día no se plantea ejercer su actividad sin contar con los seguros necesarios, especialmente aquellos que protegen los riesgos más comunes. Estos son, por ejemplo, la cobertura del patrimonio para el caso en que se produzca un siniestro; o los seguros de responsabilidad civil que protegen a la empresa o al autónomo frente a terceros.
Pero como es lógico, seguros hay tantos como riesgos se corren en la vida y, por tanto, lo pertinente es proteger la empresa lo máximo posible. De ahí que FINSA Correduría Técnica de Seguros se haya especializado en la Gerencia de Riesgos. A través de esta gestión, se analizan de forma individual y especializada todos los posibles riesgos en los que puede incurrir una empresa o negocio y se desarrolla una oferta adaptada a las necesidades de cada cliente. No hay ninguna empresa igual, por lo que los productos de seguros tampoco debieran ser los mismos.
La gerencia de riesgos va, además, más allá de la recomendación de un seguro. Se realiza un análisis exhaustivo de los riesgos según el sector, el patrimonio, los bienes intangibles… y se realiza un plan de prevención de riesgos.
En FINSA Correduría Técnica de Seguros, empresa amiga de la Universidad de Salamanca, se realiza este análisis sin compromiso y se facilita al cliente un presupuesto con las mejores compañías y condiciones del mercado. Esta es una garantía que sólo puede ofrecer una correduría de seguros y FINSA, a pesar de ser una empresa joven, ya lo ha demostrado en los casi diez años de andadura. Su oferta en la mediación de seguros, buscando siempre los más rentables y adaptados las necesidades de cada cliente y su especialización le ha valido para ganarse la confianza de numerosos clientes en todo el territorio nacional.
A los seguros más demandados por las empresas (como pueden ser la cobertura del patrimonio, la responsabilidad civil, o el seguro de transporte) se suma otro producto de especial interés y más en épocas de incertidumbre económica. Es el caso de la Pérdida de Beneficios o también conocido como lucro cesante. Este seguro cubre la pérdida del beneficio económico debido a una interrupción temporal, total o parcial de la actividad empresarial a consecuencia de un siniestro. Contratiempos que suceden en más ocasiones de las que nos gustaría a todos.
Las administraciones públicas son para muchas empresas clientes habituales. De ahí que el sector asegurador se haya especializado también en un producto muy útil y cuya eficacia supera al que ofrece la banca. Se trata del Seguro de Caución, una garantía de aval en el primer requerimiento que exige la Administración.
Esta cobertura cuenta con dos ventajas competitivas frente a los seguros ofrecidos por las entidades bancarias. Por un lado, es más económico para el cliente, y por otro, no consta en el CIRBE (base de datos pública donde constan todos los préstamos, créditos, avales y riesgos en general que las entidades financieras tienen con sus clientes).
Todo un mundo de posibilidades para garantizar una gestión eficiente de las empresas. No consiste en tener muchos seguros, consiste en tener los necesarios y en FINSA Correduría Técnica de Seguros pueden ayudarte.
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